La Comunidad Europea demandó a España, por existir en su ordenamiento normas discriminatorias en el Impuesto Sucesiones y Donaciones (ISyD).

En este sentido, la Ley  22/2009, de 18 de diciembre, que regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas (CCAA), cede el ISyD a las CCAA y permite la existencia de incentivos aplicables sobre la base de la residencia.

Dichos incentivos, no son aplicables para no residentes. Por tanto, la norma española quebranta el principio de libre circulación de personas y de capitales.

Ya hay antecedentes en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), respecto de la normativa alemana, y, el Tribunal, ha considerado que la misma constituía un quebranto del principio de libre circulación de capitales.

Es de esperar que el TJUE resuelva antes de final de año sobre la demanda presentada por la Comisión contra el Reino de España, que, en caso de estimar las pretensiones de la Comisión, podría tener importantes consecuencias:

La equiparación no tiene por qué ser en sentido positivo. Es decir, podrían eliminarse los incentivos existentes en las distintas CCAA.